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Consulado de Colombia en Roma

Matrimonio o Nulla Osta en Italia - Información para colombianos

INSTRUCCIONES

 

El reconocimiento de firma en la declaración de estado libre para contraer matrimonio expedido por el Consulado General de Colombia en Roma es válido únicamente si el matrimonio se celebra en una de las siguientes regiones italianas: Abruzo, Marche, Toscana, Lacio, Molise, Campania, Apulia, Basilicata, Calabria, Sicilia, Cerdeña y Umbría. Lea todas las instrucciones hasta el final para poder diligenciar en computador el formato de declaración de estado libre (nulla osta).

Para el resto de las regiones italianas, deberá tramitarlo ante el Consulado General de Colombia en Milán, correo electrónico:  [email protected]

 

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD PRESENCIAL 

  1. Registrarse previamente en el enlace a continuación. Si está recibiendo ya nuestros boletines, no necesita volver a inscribirse, a menos que desee corregir algún dato, especialmente su correo electrónico.

https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/registrarCiudadano.xhtml

 

  1. Solicitar cita previa para presentarse personalmente en el Consulado para RECONOCIMIENTO DE FIRMA, en el siguiente enlace. (Recuerde cumplir con el punto 1).

http://agendamiento.cancilleria.gov.co:8814/frmInicioUsuarios.aspx?OficinaId=a39db447-8362-4f28-b569-274a81d85d9f

 

  1. Documentos Requeridos. El interesado deberá presentar los siguientes documentos en original el día de la cita:
  • Original de cédula de ciudadanía colombiana.
  • Original del pasaporte colombiano vigente.
  • Formato de declaración bajo juramento debida y correctamente diligenciado en computador en todos los espacios resaltados en color azul y traerlo ya impreso el día de su cita. El Consulado no se hace responsable por el diligenciamiento ni impresión de dicho documento.
  • El día de su cita debe presentarse con todos los documentos originales. En caso de que no cumpla con los requisitos, los documentos de Ley y con los noventa (90) días de expedición de sus registros civiles, el reconocimiento de firma no se podrá realizar. Revise bien antes de venir a su cita. No se aceptan documentos por correo electrónico ni formulario escrito a mano alzada.

A. En caso de ser soltero(a): copia autentica del registro civil de nacimiento expedido en los últimos noventa (90) días, que contenga la parte de notas.

Tenga en cuenta que las autoridades italianas le solicitarán el registro apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 

http://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/solicitud/inicio.aspx  

B: En caso de ser divorciado(a): copia autentica del registro civil de nacimiento con las anotaciones de matrimonio y posterior divorcio y registro civil de matrimonio, con las respectivas anotaciones del divorcio, ambos expedidos dentro los noventa (90) días para la realización del trámite.

Tenga en cuenta que las autoridades italianas le solicitarán el registro apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 

http://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/solicitud/inicio.aspx

C: En caso de ser viudo(a):  copia autentica del registro civil de nacimiento del declarante y el registro civil de defunción de su extinto cónyuge, ambos expedidos dentro de los noventa (90) días para la realización del trámite.

Tenga en cuenta que las autoridades italianas le solicitarán el registro apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 

http://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/solicitud/inicio.aspx

 

  1. Requisitos para todos los casos sin excepción:
  • Pago en el Consulado €17,00 para el reconocimiento de firma en la declaración bajo juramento (nulla osta italiano); pago únicamente con tarjeta bancaria débito o crédito (excepto American Express). No se aceptan pagos en efectivo.
  • La declaración bajo juramento ya autorizada se le entregará el mismo día de la cita debidamente agendada, si se ha registrado en la página del Consulado y solicitado su cita (ver enlace para solicitar su cita en los puntos 1 y 2).
  • Una vez autorizado el documento por el Cónsul, usted deberá dirigirse a la Prefectura italiana para la legalización de la firma del funcionario consular.
  • La Apostilla de los registros civiles se tramitan en línea, consulte la página Web de la Cancillería

http://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/solicitud/inicio.aspx

  • Una vez haya hecha la solicitud en línea, usted podrá pagar la Apostilla a través de internet (on line) en el siguiente en enlace:

https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/pago/iniciopag o directamente en el Consulado durante los horarios de atención. Si tiene una cuenta en Colombia, puede pagar directamente por PSE https://www.pse.com.co/inicio o desde cualquier parte del mundo con tarjeta de crédito Visa o Mastercard.

  • La copia auténtica del registro civil debe ser solicitada directamente por el usuario interesado en la notaría o registraduría donde se hizo el registro en Colombia o por una persona autorizada por usted mediante poder firmado ante el Consulado con cita previa.

 

  1. FORMATO DE SOLICITUD DE NULLA OSTA (Descargarlo aquí)

IMPORTANTE: VERIFIQUE QUE TODOS LOS DATOS POR USTED CONSIGNADOS EN LA DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO, ESTÉN CORRECTAMENTE ESCRITOS, YA QUE UNA VEZ AUTORIZADA POR EL CÓNSUL, NO HABRÁ LUGAR A DEVOLUCIÓN DE LA TASA PAGADA Y DEBERÁ REALIZAR UNA NUEVA SOLICITUD Y PAGAR LAS TASAS CORRESPONDIENTES.

 

 

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