Declaración bajo juramento para contraer matrimonio en Italia - Nulla Osta
INSTRUCCIONES
El reconocimiento de firma en la declaración de estado libre para contraer matrimonio expedido por el Consulado General de Colombia en Roma es válido únicamente si el matrimonio se celebra en una de las siguientes regiones italianas: Abruzo, Marche, Toscana, Lacio, Molise, Campania, Apulia, Basilicata, Calabria, Sicilia, Cerdeña y Umbría.
Para el resto de las regiones italianas, deberá tramitarlo ante el Consulado General de Colombia en Milán, correo electrónico: cmilan@cancilleria.gov.co
PROCEDIMIENTO/ TRAMITE PRESENCIAL
1. Registrarse previamente en el enlace a continuación. Si está recibiendo ya nuestros boletines, no necesita volver a inscribirse, a menos que desee corregir algún dato, especialmente su correo electrónico.
https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/registrarCiudad…
2. Solicitar cita previa para presentarse personalmente en el Consulado para RECONOCIMIENTO DE FIRMA DOCUMENTO PRIVADO, en el siguiente enlace. (Recuerde cumplir con el punto 1).
https://outlook.office365.com/owa/calendar/ConsuladodeColombiaenRoma@cancilleria.gov.co/bookings/
3. Documentos Requeridos. El interesado deberá presentar los siguientes documentos en original el día de la cita:
· Original de cédula de ciudadanía colombiana por ambos lados.
· Original del pasaporte colombiano vigente.
· Formato de declaración bajo juramento debida y correctamente diligenciado (anexo), que deberá ser completado en todos los espacios resaltados en color azul y traerlo ya impreso el día de su cita. (Para descargar, revise literales a, b, c., según sea su caso). El Consulado no se hace responsable por el diligenciamiento ni impresión de dicho documento.
· El día de su cita debe presentarse con todos los documentos originales. En caso de que no cumpla con los requisitos, los documentos de Ley y con los noventa (90) días de expedición arriba exigidos, el reconocimiento de firma no se podrá realizar. Revise bien antes de venir a su cita. No se aceptan documentos por correo electrónico (pdf).
- En caso de ser soltero(a): copia autentica del registro civil de nacimiento expedido en los últimos noventa (90) días, que contenga la parte de notas.
Tenga en cuenta que las autoridades italianas le solicitarán el registro apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
http://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/solicitud/inic…
- En caso de ser divorciado(a): copia autentica del registro civil de nacimiento con las anotaciones de matrimonio y posterior divorcio y registro civil de matrimonio, con las respectivas anotaciones del divorcio, ambos expedidos dentro los noventa (90) días para la realización del trámite.
Tenga en cuenta que las autoridades italianas le solicitarán el registro apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
http://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/solicitud/inic…
- En caso de ser viudo(a): copia autentica del registro civil de nacimiento del declarante y el registro civil de defunción de su extinto cónyuge, ambos expedidos dentro de los noventa (90) días para la realización del trámite.
Tenga en cuenta que las autoridades italianas le solicitarán el registro apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
http://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/solicitud/inic…
Declaración anexa al presente mensaje (favor tramitar el documento en computador, las declaraciones hechas a mano no serán aceptadas)
3. Requisitos para todos los casos sin excepción:
- Pago en el Consulado €17,96 para el reconocimiento de firma en la declaración bajo juramento; pago únicamente con tarjeta bancaria débito o crédito (excepto American Express). No se aceptan pagos en dinero efectivo.
- La declaración bajo juramento ya autorizada se le entregará el mismo día de la cita debidamente agendada (ver enlace para solicitar su cita en los puntos 1 y 2).
- Una vez autorizado el documento por el Cónsul, usted deberá dirigirse a la Prefectura italiana para la legalización de la firma del funcionario consular.
- La Apostilla de su registro civil se tramita en línea, consulte la página Web de la Cancillería www.cancilleria.gov.co Una vez haya hecho la solicitud en línea, usted podrá pagar la Apostilla online https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/pago/iniciopag o directamente en el Consulado durante los horarios de atención. Si tiene una cuenta en Colombia, puede pagar directamente por PSE https://www.pse.com.co/inicio o desde cualquier parte del mundo con tarjeta de crédito Visa o Mastercard.
- La copia auténtica de su registro civil debe ser solicitada directamente por el usuario en la notaría o registraduría donde se hizo el registro en Colombia o una persona autorizada por usted puede solicitar su registro.
5. FORMATO DE SOLICITUD DE NULLA OSTA (Descargarlo aquí)
IMPORTANTE: VERIFIQUE QUE TODOS LOS DATOS POR USTED CONSIGNADOS EN LA DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO, ESTÉN CORRECTAMENTE ESCRITOS, YA QUE UNA VEZ AUTORIZADA POR EL CÓNSUL, NO HABRÁ LUGAR A DEVOLUCIÓN DE LA TASA PAGADA Y DEBERÁ REALIZAR UNA NUEVA SOLICITUD Y PAGAR LAS TASAS CORRESPONDIENTES.